Apenas una semana después de la liberación de la app de Pokémon Go en España, podemos afirmar una cosa: se ha convertido en un juego viral, contagiado por puro entusiasmo geek en el caldo de cultivo idóneo que es el ocioso verano.
Cualquier experto en marketing nos diría que no puede conocerse totalmente la alquimia que convierte en exitosamente viral un producto o servicio, aunque sí se puede analizar por qué ha molado tanto Pokémon Go para intentar obtener unas claves de su uso. Entre esas claves nos interesa ahora una: ¿se puede cazar animalillos virtuales en este videojuego de realidad aumentada, libremente y sin temor a incurrir en problemas legales?
Es muy fácil sucumbir en el mundo de la tecnología a los encantos del término “alegalidad”, para dar a entender que determinados productos y servicios son tan recientes que aún no ha habido tiempo de regularlos legalmente. Pero la mayoría de las veces dicha “alegalidad” es tan virtual como los simpáticos bichejos a cuya caza nos invita la aplicación Pokémon Go.
Y es que por muy nueva que sea una app u otra invención tecnológica, si ésta puede producir consecuencias jurídicas (ya veremos de qué naturaleza y entidad) muy seguramente estén ya contempladas por alguna norma a las que se respondan con mayor o menor exactitud, con mayor o menor propiedad, según cada caso.
Por otra parte, desde el mismo diseño de la aplicación (al menos así debería ser), los términos y condiciones de la misma señalarán una serie de reservas, de actos prohibidos, de prevenciones y de límites relativos a propiedad intelectual, privacidad e imagen, u otros aspectos relevantes, a los que el propio usuario se somete (muchas veces sin leer, y por tanto, sin conocimiento de ello) al pulsar el correspondiente botón “Aceptar”.Veamos brevemente unas mínimas prevenciones legales para jugar a Pokémon Go con cierta seguridad jurídica:
Si entras en propiedad privada, mejor pide permiso
Sí. Ese BulbaSaur que traspasa con facilidad la tapia del jardín del vecino, ¡y qué ganas dan de saltarla para seguir la caza! Todo depende de cómo te lleves con el vecino, claro, pero así, sin invitación ni nada, o incluso si el dueño te está echando de su dominio pero tú permaneces allí cazando alegremente, podría ser considerado delito allanamiento de morada.
Si ha sido el caso y has entrado, ¡cuidado con romper en esa propiedad privada algo por despiste! Poco podrás alegar a tu favor y responderás por los daños. Ya se han documentado numerosos asaltos a la propiedad privada en pleno fervor del juego. También a otras propiedades restringidas. Hace escasos días, unos muchachos entraron en un cuartel de la Guardia Civil de Las Rozas, persiguiendo a unos Pokémon malignos. En Cirebon (Jakarta) un hombre fue sorprendido en el interior de una base militar Smartphone en mano y absorto en el juego.
Resumiendo: el que la app pinte a unos Pokemon en determinado sitio, no significa que la empresa de la app tenga los permisos y licencias necesarios para permitirte a ti el paso a dicho sitio.¿Veremos pronto algo tipo Airbnb donde unos particulares se intercambien las viviendas o las fincas para cazar Pokémons y rastrear Pokeparadas?
Quienes estén hartos de ver su propiedad traspasada continuamente por furtivos cazadores digitales, pueden solicitar que dicha finca desaparezca del mapa Pokemon o denunciar Gyms o Pokeparadas determinadas en un sorprendente formulario.
Cuidado con las “kedadas”
Ir en colectivo generalmente nos hace ser más imprudentes y prestar menos atención a las señalizaciones o a las órdenes de las autoridades que velan por nuestra seguridad. Bastó la liberación de unos cuantos Pokémon en Central Park para que se desatara la turba y la locura.
En esa fiebre entusiasmada de la caza virtual hemos de distinguir la realidad aumentada en la que nos embute el juego, de las reglas que rigen el comportamiento social y las normas vigentes para evitar accidentes así como daños materiales y personales, sabiendo que prima siempre esta última “capa”, la legal. A pesar del carácter informal o espontáneo de muchas quedadas multitudinarias en lugares públicos, cabría, no obstante tener en cuenta la normativa reguladora del derecho de reunión y la necesidad de comunicarlas (no precisan autorización) a la autoridad gubernativa.
Cuidado en el “curro”
Al igual que la prevención anterior, a uno le parece tan evidente que está tentado de no citarla, pero sí, muchos usuarios juegan a Pokémon Go con los dispositivos y smartphones que la empresa les ha cedido para realizar su trabajo. Y en esto no estamos libres ni quienes desempeñamos nuestra labor en el sector jurídico.
Las leyes laborales, los convenios colectivos y los contratos de trabajo así como el poder de dirección de la empresa sobre los medios de trabajo se imponen a los hábitos cinegéticos virtuales de los empleados. Si ves que tu oficina se llena de Pokémons, mejor desenfundar en el tiempo de asueto
Cuidado con lo que compartes
Por muy extendida que veas esta práctica en tus redes sociales, donde se comparten diariamente miles de memes, imágenes y vídeos, los bichejos virtuales de Pokémon Go están protegidos por las normativa de propiedad intelectual, de tal forma que los titulares de los derechos sobre dichas imágenes pueden perseguir la reproducción y comunicación pública no autorizadas de dichas imágenes.
Igualmente es muy fácil que, para demostrar a tus amigos que has dado caza a un Pokémon legendario o de extraordinario valor, subas a la red capturas de imagen que incluyan los rostros de otras personas. Son acciones para las que deberías desarrollar, no solo en este juego, sino para toda tu nuestra virtual, un sexto sentido y saber anonimizar imágenes que eviten problemas relativos a la intimidad y los actos privados de otras personas.
Y cuidado con lo que firmas (sin firmar)
La Federación Alemana de Asociaciones de Consumidores de Usuarios (VZBV) ha advertido de la existencia de hasta 15 cláusulas abusivas en las condiciones de uso y la política de privacidad de la app “Pokémon Go”. Hay que ser consciente de que la aceptación de este clausulado, operación necesaria para poder jugar, atribuye a Niantic, por ejemplo, la facultad discrecional de ceder los datos personales de los usuarios recabados en el inicio de sesión a terceros particulares o empresas. Y que esos datos son recabados por una empresa que se encuentra ubicada en California (EEUU) con lo que se opera una transferencia internacional de datos (ya tendremos ocasión en otro artículo de hablar de las repercusiones de estas transferencias y del panorama que abre a las empresas tecnológicas el denominado Privacy Shield).
Sin embargo, tal como destaca Jorge Morell en este estupendo análisis de los términos y condiciones de Pokémon Go, hay una relativa preocupación de sus desarrolladores porque se recabe el consentimiento de los padres o tutores legales en caso de que los jugadores sean menores de 13 años.
La práctica masiva del juego destapará nueva casuística con repercusiones jurídicas en los próximos días. Veremos si hay instrumentos normativos suficientes para inmiscuirse en esa realidad aumentada y darle una respuesta más o menos acertada.
Ángel Benito es Abogado TIC y Brand Ambassador del proyecto Orange Classroom