Los autores de vídeos, música y libros tienen el »derecho irrenunciable» a una compensación por el uso y disfrute que los usuarios hacen de sus obras. Alegando la imposibilidad de vigilar las copias que cada persona realiza con sus dispositivos, el gobierno retomaba el impopular canon digital, aunque ha introducido una diferencia sustancial; ahora serán los fabricantes y distribuidores de estos artículos los que asuman esta tasa que se aplicará al precio de los dispositivos.
En concreto, desde este 1 de agosto ha entrado en vigor el nuevo canon digital en España, una tasa que persigue la compensación equitativa por copia privada. Este gravamen estaba pendiente de actualización tras la sentencia de la Justicia Europea que tumbó el canon aprobado en 2012, que preveía el pago de la compensación a los autores con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Sin embargo, el nuevo decreto establece que serán los fabricantes de soportes de grabación los que asuman dicha compensación, lo que supone la vuelta al sistema que aprobó el anterior gobierno socialista. Así, los productores de tablets, móviles o CD asumirán el coste de las futuras copias privadas, un tema que preocupa a los consumidores finales, que se preguntan: ¿Acabarán aplicando este impuesto en el precio final de los dispositivos?
Tal como se detalla en el Boletín Oficial del Estado (BOE), este gravamen se cargará a cualquier dispositivo que tenga capacidad de copia, lo que incluye a móviles, tablets, impresoras, CD o discos duros.
Asimismo, el Decreto-Ley establece unas cuantías provisionales que aplicarán a cada soporte. Por ejemplo, los smartphones tendrán una tasa de 1,10 euros por unidad y las tablets, de 3,15 euros. No obstante, desde el Ministerio han destacado que la tasa se aplicará a los mismos dispositivos que en los países de la UE, pero las cuotas son más bajas. Estas son las cantidades que se cargarán sobre equipos, aparatos y soportes materiales desde la entrada en vigor del decreto-ley:
Desde la entrada en vigor del presente real decreto-ley y hasta la entrada en vigor del real decreto previsto en la disposición final primera, la compensación que deberá satisfacer cada sujeto deudor o responsable solidario será la resultante de la aplicación de las siguientes cantidades sobre los equipos, aparatos y soportes materiales que se indican a continuación:
el canon digital afecta a móviles, tablets o cd
- Para equipos o aparatos digitales de reproducción de libros y publicaciones asimiladas reglamentariamente a libros:
- Equipos multifuncionales de inyección de tinta o láser y con capacidad de copia, impresión o escaneado: 5,25 euros por unidad.
- Equipos monofuncionales con capacidad de copia, impresión o escaneado de hasta 39 copias por minuto: 4,50 euros por unidad.
- Para grabadoras de discos:
- De discos compactos específicos: 0,33 euros por unidad.
- De discos compactos mixtos: 0,33 euros por unidad.
- De discos versátiles específicos: 1,86 euros por unidad.
- De discos versátiles mixtos o de discos compactos y versátiles: 1,86 euros por unidad.
- Para soportes materiales de reproducción mixta, texto, sonora y visual o audiovisual:
- Discos compactos no regrabables: 0,08 euros por unidad.
- Discos compactos regrabables: 0,10 euros por unidad.
- Discos versátiles no regrabables: 0,21 euros por unidad.
- Discos versátiles regrabables: 0,28 euros por unidad.
- Memorias USB y otras tarjetas de memoria no integradas en otros dispositivos: 0,24 euros por unidad.
- Para discos no integrados idóneos para la reproducción de videogramas, textos y fonogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 6,45 euros por unidad.
- Para discos integrados en un equipo, idóneos para la reproducción de videogramas, textos y fonogramas o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 5,45 euros por unidad. Quedan exceptuados los discos integrados en videoconsolas que no permitan realizar reproducciones amparadas por el límite de copia privada y en decodificadores de señales de televisión digital.
- Para dispositivos portátiles reproductores de fonogramas, videogramas, textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales en formato comprimido, y dispositivos electrónicos portátiles con pantalla táctil: 3,15 euros por unidad.
- Para teléfonos móviles con funcionalidad de reproducción de fonogramas, videogramas y textos o de otros contenidos sonoros, visuales o audiovisuales: 1,10 euros por unidad.
Además, la norma destaca que »no podrá aplicarse más de una cantidad de las previstas en este apartado a los ordenadores, portátiles o de sobremesa, ni a los dispositivos previstos».
Un viaje al pasado del canon
Desde 1987, los soportes de grabación han soportado esta tasa, aunque en aquellos años solo se aplicaba a cintas de casete o VHS. En 2006, el Gobierno de Zapatero actualizó este canon para adaptarlo a las nuevas tecnologías, cargando el gravamen a los móviles, CD, DVD o las memorias USB.
Entonces, este canon digital se topó con una gran oposición generalizada que movilizó a la ciudadanía, agrupada en la plataforma ‘Todos Contra el Canon’, tal como ha recordado eldiario.es. Esta iniciativa recogió más de dos millones de firmas para solicitar su abolición, alegando la indiscriminación de la tasa al aplicarse a cualquier dispositivo independientemente de que luego se realizarán o no copias. En 2010, la Justicia Europea declaró ilegal la forma en la que se aplicaba esta tasa a profesionales a través de la sentencia ‘Padawan’.
Por ello, en 2011, el canon digital fue derogado definitivamente y fue sustituido por un sistema de compensación. Un año después, el Gobierno de Rajoy decidió cargar dicha compensación en los presupuestos pero la Justicia Europea tumbó la medida por aplicarse de manera indiscriminada.
Fuente: Boletín Oficial del Estado y eldiario.es
En nobbot | “La privacidad de los ciudadanos conectados será el gran tema de 2017”
Imagen: Pixabay.com