Te ha prestado el coche tu mejor amigo. Llega el momento de repostar y… ¿era diésel o gasolina? Hasta ahora, una pequeña etiqueta en la tapa del depósito te decía si funcionaba o no a gasoil. Y una diferencia en el diámetro del surtidor impedía echar diésel a un coche gasolina (pero no al revés). Pero todo está a punto de cambiar.
A partir de este otoño, una nueva normativa europea buscará estandarizar estas etiquetas. Será de obligado cumplimiento a partir del próximo 12 de octubre y contempla hasta 13 tipos distintos de pegatinas. El lío está servido para conductores y gasolineras.
Nuevas etiquetas, ¿combustibles más limpios?
El etiquetado común para Europa está causando bastante revuelo mediático. Pero la directiva 2014/94/UE busca mucho más que poner pegatinas en coches y surtidores. Busca crear un marco de referencia para los nuevos combustibles y los vehículos eléctricos. Reglando desde la información al consumidor hasta las especificaciones técnicas de la infraestructura.
“La presente Directiva establece un marco común de medidas para la implantación de una infraestructura para los combustibles alternativos en la Unión a fin de minimizar la dependencia de los transportes respecto del petróleo y mitigar el impacto medioambiental del transporte”. Así arranca el artículo 1 de la directiva europea.
A lo largo de 12 artículos más, se establecen las pautas para las estaciones de recarga de vehículos eléctricos, cómo han de ser los puntos de repostaje de gas natural o licuado y de hidrógeno y, claro, la información que deben recibir los ciudadanos al respecto. Es aquí donde entran las nuevas etiquetas, obligatorias para nuevos vehículos y para todos los surtidores a partir del 12 de octubre.
Nueva nomenclatura en gasolineras
A partir de esa fecha límite, las etiquetas deben estar colocadas en los surtidores de gasolina, gasóleo, hidrógeno (H2), gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) y gas licuado de petróleo (GLP) de las estaciones de servicio de acceso público. La obligatoriedad es para los 28 Estados miembros de la Unión Europea, los países del espacio económico (EEE) Islandia, Liechtenstein y Noruega, y también Macedonia, Serbia, Suiza y Turquía. Queda la incógnita, todavía, de cómo se aplicará en Reino Unido tras el Brexit.
¿Y cómo serán esas etiquetas? Para empezar, se diferenciarán en la forma entre gasolina, diésel y combustibles gaseosos. Las etiquetas de gasolina serán circulares, las de diésel cuadradas y las de los gases licuados tendrán forma de rombo. En la actualidad, se trabaja en el diseño de otro cuarto tipo de etiqueta para los vehículos eléctricos e híbridos.
Después, está la nomenclatura destinada a identificar los componentes de cada combustible. En el caso de la gasolina, la etiqueta contendrá una E y un número (5, 10 u 85) en función del porcentaje de etanol que contenga. El diésel se dividirá en B7, B10, B20, B30 o B100 en función del porcentaje de biodiésel que contenga, o XTL, en referencia al diésel sintético. Los gaseosos estarán identificados como H2 (hidrógeno), CNG (Gas Natural Comprimido), LPG (Gas Licuado de Petróleo) y LNG (Gas Natural Licuado).
Que no cunda el pánico. Desde la Asociación Española de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (AEVECAR) explican que, de momento, la señalización nueva convivirá con la antigua. Es decir, seguiremos viendo gasolina 95 y 98, gasóleo normal o especial. Eso sí, las nuevas etiquetas comunitarias estarán también en los surtidores de forma complementaria para que los consumidores nos vayamos familiarizando.
¿Y en los vehículos?
Los cambios en el etiquetado llegan también a los vehículos el 12 de octubre de 2018. De hecho, todos los ciclomotores, motocicletas, triciclos, cuatriciclos, turismos, vehículos comerciales ligeros, vehículos comerciales pesados, autobuses y autocares de nueva matriculación deberán ir etiquetados. Desde las organizaciones que representan a los fabricantes de vehículos europeos (ACEA, ACEM, Fuels Europe y UPEI) recuerdan que no se deben etiquetar los vehículos antiguos.
Las etiquetas serán exactamente las mismas que se encontrarán en los surtidores. Están destinadas a que los usuarios sepan qué combustibles soporta el motor de su vehículo. Así, se colocarán en la proximidad del tapón de llenado o de la tapa del depósito. También aparecerán en los manuales de usuario de los nuevos vehículos y en los concesionarios, expuestos junto al modelo. En el caso de que el motor tolere varios tipos de combustible (por ejemplo, E5 y E10) se indicará con las respectivas etiquetas.
Los detalles del etiquetado y su colocación han sido especificados en España a través de la Asociación Española de Normalización mediante el estándar UNE-EN 16942.
Cambia todo, pero nada cambia
Los derivados del petróleo mezclados con etanol u otros biocombustibles llevan tiempo entre nosotros. De hecho, hace tiempo que toda la gasolina que se vende en España contiene etanol, sin que fuese obligatorio especificarlo. Es una tendencia común a muchos otros países. En Brasil, por ejemplo, se hacen coches que funcionan solo con etanol.
Así, desde la UE y las diferentes patronales y asociaciones del sector insisten en que no va a cambiar nada. Se trata de unificar la nomenclatura, clarificar la información y reforzar de alguna forma la imagen de los biocarburantes y los combustibles alternativos. El futuro, de todas formas, parece claro que será de las baterías y los vehículos eléctricos.
En Nobbot | El (lógico) complot para que tu próximo coche sea híbrido o eléctrico
Imágenes | iStock