El Canal Prioritario de la Agencia Española de Protección de Datos ofrece, desde 2019, una vía rápida y gratuita para denunciar la publicación ilegítima en Internet de contenido sexual o violento, incluso sin ser la persona afectada.
A pesar de las innumerables ventajas que proporcionan las nuevas tecnologías, estas proporcionan infraestructuras que pueden servir de cauce para dañar de forma grave la privacidad de las personas. Con la extensión y el uso intensivo de dispositivos móviles e internet, redes sociales y otros servicios ha proliferado la difusión de formas de violencia que persiguen, además, la humillación pública de las personas que aparecen en ellos.
El Canal prioritario de la AEPD para comunicar la difusión ilícita de contenido sensible y solicitar su retirada ofrece una respuesta rápida en situaciones excepcionalmente delicadas, como aquellas que incluyen la difusión de contenido sexual o violento. El objetivo es establecer una vía en la que las reclamaciones recibidas serán analizadas de forma prioritaria, permitiendo que la Agencia, como autoridad independiente, pueda adoptar, si es preciso, medidas urgentes que limiten la difusión y el acceso de los datos personales.
Exposición a contenido sexual o violento
En el caso de plantear una reclamación la contenido sexual o violento, el ciudadano deberá describir las circunstancias en que se ha producido la difusión no consentida de las imágenes, indicando en particular si la persona afectada es superviviente a la violencia de género, abuso o agresión sexual o acoso, o si pertenece a cualquier otro colectivo especialmente vulnerable como el de los menores de edad, personas discriminadas por su orientación sexual o raza, personas con discapacidad o enfermedad grave o en riesgo de exclusión social, así como especificando la dirección o direcciones web en las que se han publicado.
Tras el análisis de la reclamación formulada, la Agencia determinará la posible adopción urgente de medidas cautelares previstas en la ley española de protección de datos para evitar la continuidad del tratamiento ilegítimo de los datos personales en los casos particularmente graves antes mencionados. En este sentido, las empresas Facebook, Google y Twitter han mostrado una actitud proactiva para la ejecución de las medidas cautelares incluidas en esta iniciativa. Al tiempo, la Agencia valorará la apertura de un procedimiento sancionador contra el o los usuarios responsables de haber realizado el tratamiento ilegítimo de datos correspondiente. Además, en estos casos, esas personas pueden tener no sólo responsabilidad administrativa sino también disciplinaria, civil y penal.